Monterrey, México a 12 de junio de 2022
Recientemente las desapariciones y el hallazgo muertas de las jóvenes Debanhi Escobar y Yolanda Martínez encendieron las alarmas sobre la alta incidencia de los delitos relacionados con la violencia de género que padece Nuevo León.
No obstante, ese problema es solo la punta del iceberg comparado con otro que hasta ahora estaba oculto: la falta de acceso a la justicia para la gran mayoría de las víctimas de ese tipo de ilícitos.
Pues en Nuevo León solo se han resuelto el 4.30 por ciento de las carpetas de investigación iniciadas por los principales delitos relacionados con la violencia de género entre el 2015 y 2021, indica un estudio realizado por Redes Quinto Poder IDEA.
Según datos de la Fiscalía General de Justicia y del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública entre 2015 y 2021 se abrieron en Nuevo León un total de 142 mil 946 carpetas de investigación por los 10 principales delitos relacionados con la violencia contra las mujeres.
En contraste, solo se han resuelto 6 mil 166 de esos casos ya sea por medio de una sentencia condenatoria en contra de los responsables o bien, por la vía de las salidas alternas al proceso penal previstas dentro del nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, como son los acuerdos reparatorios o la suspensión condicional del proceso.
De acuerdo con bases de datos entregadas por la Fiscalía tras solicitudes de transparencia, entre las carpetas de investigación resueltas, mil 149 fueron concluidas mediante una sentencia condenatoria y otras 5 mil 17 por la vía de una salida alterna.
Las 6 mil 166 carpetas de investigación en las que se alcanzó la justicia son el equivalente al 4.30 por ciento del total de las iniciadas en los siete años que abarca el estudio, por lo que todavía de ese periodo queda un 95.70 por ciento por resolver, lo que es igual a 136 mil 780 casos pendientes.
El número anterior es superior a la cantidad de habitantes de San Pedro, que es de poco más de 132 mil personas, según el último censo del INEGI, por lo tanto, existen más víctimas que están en espera de la justicia por un delito relacionado con la violencia de género que habitantes en ese municipio, de ese tamaño es la problemática.
Los delitos considerados dentro del estudio son: homicidio doloso con víctima femenina, feminicidio, abuso sexual, acoso sexual, hostigamiento sexual, violación, violación equiparada, violencia familiar, corrupción de menores y trata de personas.
El estudio se realizó a partir del universo de carpetas de investigación acumuladas hasta 2021 y a partir de 2015, porque es el año en el que arrancó el Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio y además es el año más antiguo en el que el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública adoptó el formato actual de clasificación de delitos.
En abril pasado, al anunciar la identificación del cuerpo de Debanhi Escobar, hallado en la cisterna de un motel, en Escobedo, el Fiscal Gustavo Adolfo Guerrero Gutiérrez admitió que la atención de las víctimas y la persecución de delitos es tarea de la Fiscalía.
“Al Estado le corresponde la seguridad de la comunidad y a la Fiscalía la persecución de los delitos”, expresó.
Del mismo modo, el artículo 5 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León señala que a la Fiscalía, a través del Ministerio Público, le compete dirigir la investigación de los delitos y brindar la debida atención y protección a las víctimas; perseguir a los posibles responsables de los mismos; ejercer ante los tribunales la acción penal y exigir la reparación de los daños y perjuicios.
Aunque la Fiscalía llegó a ser autónoma hasta 2018, es su obligación legal continuar trabajando en las denuncias interpuestas y las investigaciones iniciadas durante el periodo previo, cuando operaba la extinta Procuraduría General de Justicia de Nuevo León subordinada al Ejecutivo, indica el transitorio noveno de la Ley antes citada.
El bajo grado de efectividad del 4.30 por ciento de la Fiscalía para resolver las carpetas de investigación iniciadas por los principales delitos relacionados con la violencia de género se da en el contexto de que ese organismo autónomo opera con menos recursos de los que solicita, aunque cada año ha tenido un incremento en su presupuesto.
Para el 2022 la Fiscalía solicitó más de 4 mil 500 millones de pesos, entre otras cosas, según se detalló, para la contratación de más agentes del Ministerio Público, sin embargo, de acuerdo con el portal de Transparencia del organismo autónomo, el Congreso le aprobó una partida de poco más de 3 mil 676 millones, es decir, un 22 por ciento menos.
En 2021 el presupuesto de la Fiscalía rondó los 3 mil 379 millones, en 2020 fue de 2 mil 888 millones y en 2019, el primer año completo en el que operó como organismo autónomo, fue de 2 mil 634 millones.
Como vemos cada año el organismo autónomo ha contado con un incremento en los recursos con los que cuenta para operar, por lo que el monto ha crecido en poco más de mil millones entre 2019 y 2022, lo que es igual a un 40 por ciento más.
Por otro lado, ese bajo grado de efectividad vulnera el derecho de acceso a la justicia, consagrado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual, según la Organización Mundial de las Naciones Unidas, es un principio básico del estado de derecho.
Una de las miles de víctimas a las que se le ha vulnerado su derecho de acceso la justicia es una joven que fue atacada por un tío suyo cuando tenía 12 años cuyo caso no ha derivado en una sanción para el responsable.
La agresión fue cometida en septiembre de 2015 en San Bernabé, en la zona norte de Monterrey, indica una base de datos entregada por la Fiscalía en la que se detallan los casos de violación sin revelar las identidades de las víctimas.
Otro ejemplo obtenido en el mismo documento es el caso de una joven que fue agredida sexualmente en febrero de 2017 cuando tenía 14 años, en la Colonia Independencia, también en Monterrey.
Aunque el agresor fue identificado desde su denuncia por la víctima, pues se trata de su padrastro, el caso continúa sin alcanzar la justicia.
Según las bases de datos revisadas, en 2015 se abrieron 19 mil 75 carpetas de investigación por los principales ilícitos relacionados con la violencia contra las mujeres, de las cuales se resolvieron 789, que es equivalente al 4.10 por ciento, 136 por medio de una sentencia condenatoria y 653 por la vía de una salida alterna.
Por lo que quedan por alcanzar la justicia un total de 18 mil 286 carpetas de investigación iniciadas en ese año, lo que es igual a un 95.90 por ciento.
En cuanto al 2016, las bases de datos indican que en ese año se iniciaron 19 mil 941 carpetas de investigación por los 10 principales delitos relacionados con la violencia contra las mujeres, pero solo en mil 79 se ha alcanzado la justicia, o el 5.40 por ciento, 135 por medio de una sentencia condenatoria y por una salida alterna otras 944.
Esto significa que de ese año están por resolverse aun 18 mil 862 carpetas de investigación o el 94.60 por ciento del total.
Para el 2017 se iniciaron 19 mil 369 carpetas de investigación más, las cuales han derivado en 157 sentencias condenatorias y 645 salidas alternas para un total de 802 casos en los que se alcanzó la justicia, equivalente al 4.10 por ciento.
Mientras que el total de casos de ese año que están sin resolverse es de 18 mil 567, lo que es igual a 95.90 por ciento.
Al año siguiente, en 2018, se contaron 19 mil 102 nuevas carpetas de investigaciones por los principales delitos relacionados con la violencia de género, de las cuales 171 fueron resueltas porque se llegó a una sentencia condenatoria y otras 559 por la vía de una salida alterna, para un total de 730 casos en lo que se alcanzó la justicia, ósea un 3.80 por ciento.
De ese año quedan sin resolverse un total de 18 mil 372 carpetas, lo que es igual al 96.20 por ciento.
Ya en 2019, el número de carpetas de investigación llegó a 19 mil 242, las cuales derivaron hasta ahora en 760 casos resueltos o el 3.90 por ciento, 228 carpetas porque se alcanzó una sentencia condenatoria para los responsables y 532 mediante una salida alterna.
En consiguiente, de ese año están pendientes por resolverse un total de 18 mil 482 carpetas, lo que es equivalente al 96.10 por ciento.
Para 2020, el primer año de la pandemia por COVID 19, se registró un incremento en la incidencia de estos delitos relacionados con la violencia de género, pues se contaron 21 mil 141 carpetas de investigación.
Según las bases de datos entregadas por la Fiscalía, de las investigaciones iniciadas en 2020, 243 derivaron en una sentencia condenatoria y 842 en salidas alternas, para un total de mil 85 casos resueltos, un 5.10 por ciento del total.
Lo anterior implica que de ese año quedan pendientes de alcanzar la justicia un total de 20 mil 56 casos, el equivalente al 94.90 por ciento.
Ahora bien, para el 2021, el segundo año de la pandemia por COVID 19, se registró un nuevo incremento en el número de carpetas abiertas por los mencionados delitos relacionados con la violencia contra las mujeres, al contarse 25 mil 76 investigaciones.
Las bases de datos marcan que de ese año hasta ahora 79 han derivado en una sentencia condenatoria y otros 842 fueron resueltos por la vía de salidas alternas para un total de 921 casos en los que se alcanzó la justicia, que es igual a un 3.70 por ciento.
Finalmente, de ese año quedan por resolverse 24 mil 155 carpetas, lo que equivale al 96.30 por ciento del total de investigaciones iniciadas.
Año | Carpetas de investigación | Sentencias | Salidas Alternas | Casos resueltos | Casos por alcanzar la justicia | % Casos resueltos | %Casos por alcanzar la justicia |
2015 | 19,075 | 136 | 653 | 789 | 18,286 | 4.10% | 95.90% |
2016 | 19,941 | 135 | 944 | 1,079 | 18,862 | 5.40% | 94.60% |
2017 | 19,369 | 157 | 645 | 802 | 18,567 | 4.10% | 95.90% |
2018 | 19,102 | 171 | 559 | 730 | 18,372 | 3.80% | 96.20% |
2019 | 19,242 | 228 | 532 | 760 | 18,482 | 3.90% | 96.10% |
2020 | 21,141 | 243 | 842 | 1,085 | 20,056 | 5.10% | 94.90% |
2021 | 25,076 | 79 | 842 | 921 | 24,155 | 3.70% | 96.30% |
Total | 142,946 | 1,149 | 5,017 | 6,166 | 136,780 | 4.30% | 95.70% |
A continuación se enlistas las cifras por tipo de delito:
Homicidio doloso con víctima femenina
De acuerdo con una respuesta de la Fiscalía, tras una solicitud de información vía transparencia, entre 2015 y 2021 se abrieron 282 carpetas de investigación por casos de homicidios dolosos con una mujer como víctima.
Estos casos fueron catalogados como homicidios dolosos y no como feminicidios porque en ellos no se cumplieron ninguna de las siete circunstancias plasmadas en el Código Penal de Nuevo León para considerar que se cometieron por razones de género.
Sin embargo, estos homicidios dolosos también se incluyeron dentro del estudio por tratarse de hechos de violencia cometidos contra mujeres.
Los datos consultados marcan que, en los siete años de estudio, de las 282 carpetas de investigación iniciadas por homicidios dolosos con víctima femenina, solo 44 han sido resueltas, lo que es igual al 15.60 por ciento, y todos mediante una sentencia condenatoria contra los responsables.
Lo anterior significa que el 84.40 por ciento de las investigaciones por homicidio doloso con víctima femenina aun no alcanzan la justicia, lo que es igual a 238 casos aun por resolverse.
Año | Carpetas de investigación | Sentencias | Salidas Alternas | Casos resueltos | Casos por alcanzar la justicia | % Casos resueltos | %Casos por alcanzar la justicia |
2015 | 58 | 6 | 0 | 6 | 52 | 10.30% | 89.70% |
2016 | 86 | 17 | 0 | 17 | 69 | 19.80% | 80.20% |
2017 | 25 | 7 | 0 | 7 | 18 | 28.00% | 72.00% |
2018 | 14 | 4 | 0 | 4 | 10 | 28.60% | 71.00% |
2019 | 36 | 7 | 0 | 7 | 29 | 19.40% | 80.60% |
2020 | 28 | 3 | 0 | 3 | 25 | 10.70% | 89.30% |
2021 | 35 | 0 | 0 | 0 | 35 | 0% | 100% |
Total | 282 | 44 | 0 | 44 | 238 | 15.60% | 84.40% |
Feminicidio
Para que el homicidio de una mujer sea considerado como feminicidio deben de cumplirse por lo menos una de las siguientes circunstancias plasmadas en el Código Penal de Nuevo León:
I. La victima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
II. A la víctima se le hayan infligido actos infamantes, degradantes, mutilaciones o cualquier tipo de lesión de manera previa o posterior a la privación de la vida, así como la ejecución de actos de necrofilia;
III. Existan antecedentes o datos relativos a cualquier tipo de violencia ejercida por el sujeto activo en contra de la víctima;
IV. Haya existido entre el sujeto activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;
V. Existan antecedentes o datos que establezcan que el sujeto activo realizó por cualquier medio y de manera directa o indirecta a la víctima amenazas relacionadas con la privación de la vida de esta; así como que existan antecedentes o datos de comentarios realizados por el sujeto activo a cualquier persona y a través de cualquier medio, que de manera previa o posterior a la privación de la vida de víctima, sean relativos a la intención del sujeto activo de privar de la vida a la víctima o de causarle algún tipo de daño, así como la ejecución de alguna de esas conductas;
VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;
VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto, exhibido, arrojado o depositado en un lugar público.
De acuerdo con los informes de la Fiscalía, entre 2015 y 2021 quedaron registradas 326 carpetas de investigación por feminicidios, las cuales derivaron hasta ahora en 60 casos en los que se alcanzó la justicia mediante sentencias condenatorias, lo que es igual al 18.40 por ciento.
Mientras tanto, otras 266 carpetas continúan sin alcanzar la justicia, lo que es igual al 81.60 por ciento.
Año | Carpetas de investigación | Sentencias | Salidas Alternas | Casos resueltos | Casos por alcanzar la justicia | % Casos resueltos | %Casos por alcanzar la justicia |
2015 | 1 | 1 | 0 | 1 | 0 | 100% | 0% |
2016 | 3 | 1 | 0 | 1 | 29 | 33.30% | 66.70% |
2017 | 43 | 9 | 0 | 9 | 34 | 20.90% | 79.10% |
2018 | 79 | 11 | 0 | 11 | 68 | 13.90% | 86.10% |
2019 | 67 | 19 | 0 | 19 | 48 | 28.40% | 71.60% |
2020 | 67 | 16 | 0 | 16 | 51 | 23.90% | 76.10% |
2021 | 66 | 3 | 0 | 3 | 63 | 4.50% | 95.50% |
Total | 326 | 60 | 0 | 60 | 266 | 18.40% | 81.60% |
Abuso sexual (atentados al pudor)
Al referirse al delito de abuso sexual, el Código Penal de Nuevo León marca lo siguiente:
Comete el delito de abuso sexual, el que, sin consentimiento de una persona mayor o menor de edad, o aun con la voluntad de este último si fuere de quince años o menor, ejecute en ella o logre se ejecute en la persona del activo, o en una persona que por cualquier causa no pudiera resistir, un acto erótico- sexual, sin el propósito directo inmediato de llegar a la cópula, ya sea que involucre o no, el contacto desnudo de alguna parte íntima o de el o los genitales.
Para efectos del presente artículo, se entenderá como parte íntima aquella que tiene el propósito de ser cubierta con ropa interior y que se encuentra a nivel pectoral, glútea o de los genitales.
El total de carpetas de investigación iniciadas entre 2015 y 2021 por el delito de abuso sexual es de 8 mil 078, las cuales derivaron en 203 casos con sentencias condenatorias y 475 que se resolvieron mediante una salida alterna, lo que es igual a 678 casos en los que se alcanzó la justicia, equivalentes a un grado de efectividad del 8.40 por ciento.
Por lo tanto, están sin resolverse 7 mil 400 carpetas de investigación, el equivalente al 91.60 por ciento de los casos por ese delito.
Año | Carpetas de investigación | Sentencias | Salidas Alternas | Casos resueltos | Casos por alcanzar la justicia | % Casos resueltos | %Casos por alcanzar la justicia |
2015 | 901 | 14 | 68 | 82 | 819 | 9.10% | 90.90% |
2016 | 946 | 16 | 87 | 103 | 843 | 10.90% | 89.10% |
2017 | 1,007 | 20 | 54 | 74 | 933 | 7.30% | 92.70% |
2018 | 1,112 | 18 | 64 | 82 | 1,030 | 7.40% | 92.60% |
2019 | 1,171 | 39 | 54 | 93 | 1,078 | 7.90% | 92.10% |
2020 | 1,288 | 67 | 80 | 147 | 1,141 | 11.40% | 88.60% |
2021 | 1,653 | 29 | 68 | 97 | 1,556 | 5.90% | 94.10% |
Total | 8,078 | 203 | 475 | 678 | 7,400 | 8.40% | 91.60% |
Acoso sexual
El Código Penal de Nuevo León define al delito de acoso sexual de la siguiente manera:
Comete el delito de acoso sexual quién por cualquier medio, asedie, acose, se exprese de manera verbal o física de términos, conceptos, señas, imágenes que tengan connotación sexual, lasciva o de exhibicionismo corporal o se aproveche de cualquier circunstancia de necesidad o de desventaja de la víctima, a una o más personas de cualquier sexo, sin que la víctima haya otorgado su consentimiento.
En cuanto al delito de acoso sexual, las bases de datos revisadas marcan que en los siete años analizados la Fiscalía inició mil 547 carpetas de investigación, entre las cuales 11 derivaron en sentencias condenatorias y otras 62 en salidas alternas para sumar 73 casos resueltos, lo que es igual al 4.70 por ciento.
Lo anterior implica que un 95.30 por ciento de las carpetas de investigación están sin resolverse, lo que es igual a mil 474 casos.
Año | Carpetas de investigación | Sentencias | Salidas Alternas | Casos resueltos | Casos por alcanzar la justicia | % Casos resueltos | %Casos por alcanzar la justicia |
2015 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | No aplica | No aplica |
2016 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | No aplica | No aplica |
2017 | 58 | 0 | 2 | 2 | 56 | 3.40% | 96.60% |
2018 | 191 | 0 | 4 | 4 | 187 | 2.10% | 97.90% |
2019 | 257 | 1 | 6 | 7 | 250 | 2.70% | 97.30% |
2020 | 455 | 6 | 28 | 34 | 421 | 7.50% | 92.50% |
2021 | 586 | 4 | 22 | 26 | 560 | 4.40% | 95.60% |
Total | 1,547 | 11 | 62 | 73 | 1,474 | 4.70% | 95.30% |
Hostigamiento sexual
Por hostigamiento sexual, el Código Penal de Nuevo León considera lo siguiente:
Comete el delito de hostigamiento sexual quien asedie a otra persona solicitándole ejecutar cualquier acto de naturaleza sexual, valiéndose de su posición jerárquica o de poder, derivada de sus relaciones laborales, profesionales, religiosas, docentes, domesticas o de subordinación.
Las bases de datos marcan que por el delito de hostigamiento sexual se iniciaron entre 2015 y 2021 un total de 273 carpetas de investigación, de las cuales se resolvieron solo 19, todas mediante salidas alternas, lo que es igual al 7.00 por ciento.
Debido a lo anterior se tiene registro de que en 254 casos todavía no se llega a la justicia para las víctimas, el equivalente al 93.00 por ciento.
Año | Carpetas de investigación | Sentencias | Salidas Alternas | Casos resueltos | Casos por alcanzar la justicia | % Casos resueltos | %Casos por alcanzar la justicia |
2015 | 25 | 0 | 4 | 4 | 21 | 16.00% | 84.00% |
2016 | 26 | 0 | 5 | 5 | 21 | 19.20% | 80.80% |
2017 | 33 | 0 | 2 | 2 | 31 | 6.10% | 93.90% |
2018 | 51 | 0 | 2 | 4 | 49 | 3.90% | 96.10% |
2019 | 39 | 0 | 2 | 2 | 37 | 5.10% | 94.90% |
2020 | 43 | 0 | 3 | 3 | 40 | 7.00% | 93.00% |
2021 | 56 | 0 | 1 | 1 | 55 | 1.80% | 98.20% |
Total | 273 | 0 | 19 | 19 | 254 | 7.00% | 93.00% |
Violación
El Código Penal de Nuevo León define el delito de violación de la siguiente manera:
Comete el delito de violación, el que por medio de la violencia física o moral tenga cópula con una persona, sin la voluntad de esta, sea cual fuere su sexo.
La suma de carpetas de investigación por el delito de violación acumuladas entre 2015 y 2021 es de 5 mil 152, las cuales derivaron en 345 casos en los que se alcanzó la justicia, o el 6.70 por ciento de total, 322 por la vía de una sentencia condenatoria y 23 mediante salidas alternas.
De este modo, el total de carpetas de investigación que quedan aún por resolver es de 4 mil 807, lo que es igual al 93.30 por ciento del total de casos.
Año | Carpetas de investigación | Sentencias | Salidas Alternas | Casos resueltos | Casos por alcanzar la justicia | % Casos resueltos | %Casos por alcanzar la justicia |
2015 | 614 | 40 | 5 | 45 | 569 | 7.30% | 92.70% |
2016 | 676 | 54 | 7 | 61 | 615 | 9.0% | 91.00% |
2017 | 644 | 54 | 3 | 57 | 587 | 8.90% | 91.10% |
2018 | 750 | 55 | 4 | 59 | 691 | 7.90% | 92.10% |
2019 | 771 | 49 | 1 | 50 | 721 | 6.50% | 93.50% |
2020 | 779 | 59 | 1 | 60 | 719 | 7.70% | 92.30% |
2021 | 918 | 11 | 2 | 13 | 905 | 1.40% | 98.60% |
Total | 5,152 | 322 | 23 | 345 | 4,807 | 6.70% | 93.30% |
Violación equiparada
En lo que respeta al delito de violación equipara el Código Penal de Nuevo León estipula lo siguiente:
Se equipara a la violación y se sancionará como tal, la introducción por vía vaginal o anal, de cualquier elemento o instrumento distinto al miembro viril, así como la introducción de este último por la vía oral, sin la voluntad del sujeto pasivo o aún con la voluntad de este último si fuere de quince años o menor.
Asimismo, se equipara a la violación y se sancionará como tal, cuando el activo introduzca en su propia boca el miembro viril de una persona menor de quince años de edad, o de persona, aunque sea mayor de edad, que se halle sin sentido, que no tenga expedito el uso de la razón, o que por cualquier causa no pudiere resistir la conducta delictuosa.
Por el delito de violación equiparada se iniciaron durante los siete años de estudio 2 mil 196 carpetas de investigación, las cuales derivaron en 135 casos con sentencias condenatoria y 19 con salidas alternas para una suma de 154 casos resueltos o el 7.00 por ciento del total.
Por lo que todavía están sin resolverse 2 mil 42 carpetas de investigación por ese delito, lo que es igual al 93 por ciento de los casos.
Año | Carpetas de investigación | Sentencias | Salidas Alternas | Casos resueltos | Casos por alcanzar la justicia | % Casos resueltos | %Casos por alcanzar la justicia |
2015 | 233 | 16 | 4 | 20 | 213 | 8.60% | 91.40% |
2016 | 235 | 11 | 2 | 13 | 222 | 5.50% | 94.50% |
2017 | 246 | 18 | 6 | 24 | 222 | 9.80% | 90.20% |
2018 | 317 | 24 | 3 | 27 | 290 | 8.50% | 91.50% |
2019 | 351 | 28 | 3 | 31 | 320 | 8.80% | 91.20% |
2020 | 327 | 29 | 1 | 30 | 297 | 9.20% | 90.80% |
2021 | 487 | 9 | 0 | 9 | 478 | 1.80% | 98.20% |
Total | 2,196 | 135 | 19 | 154 | 2,042 | 7.00% | 93.00% |
Violencia familiar
Al referirse al delito de violencia familiar, el Código Penal de Nuevo León estipula lo siguiente:
Comete el delito de violencia familiar quien habitando o no en el domicilio de la persona agredida, realice acción u omisión, y que ésta última sea grave y reiterada, o bien, aunque ésta sin ser reiterada se considere grave e intencional, que dañe la integridad psicoemocional, física, sexual, patrimonial o económica, de uno o varios miembros de su familia, de la concubina o concubino.
El delito de violencia familiar es, por mucho, el de mayor incidencia con un acumulado de 123 mil 698 carpetas de investigación iniciadas durante los siete años de estudio, entre las cuales se alcanzó la justicia solo en 4 mil 743 ocasiones, es decir, en el 3.80 por ciento, entre éstas 336 fueron mediante sentencias condenatorias y 4 mil 407 casos con salidas alternas.
Los casos aún por alcanzar la justicia por este delito son 118 mil 955, que equivalen al 96.20 por ciento.
Año | Carpetas de investigación | Sentencias | Salidas Alternas | Casos resueltos | Casos por alcanzar la justicia | % Casos resueltos | %Casos por alcanzar la justicia |
2015 | 17,062 | 50 | 569 | 619 | 16,443 | 3.60% | 91.40% |
2016 | 17,773 | 34 | 840 | 874 | 16,899 | 4.90% | 95.10% |
2017 | 17,145 | 47 | 578 | 625 | 16,520 | 3.60% | 96.40% |
2018 | 16,410 | 57 | 480 | 537 | 15,873 | 3.30% | 96.70% |
2019 | 16,339 | 77 | 464 | 541 | 15,798 | 3.30% | 96.70% |
2020 | 17,940 | 52 | 728 | 780 | 17,160 | 4.30% | 95.70% |
2021 | 21,029 | 19 | 748 | 767 | 20,262 | 3.60% | 96.40% |
Total | 123,698 | 336 | 4,407 | 4,743 | 118,955 | 3.80% | 96.20% |
Corrupción de menores
La tipificación del delito de corrupción de menores dentro del Código Penal de Nuevo León es la siguiente:
Comete el delito de corrupción de menores quien realice con menor de edad cualquiera de las siguientes conductas:
I.-procure o facilite cualquier trastorno sexual;
II.-procure o facilite la depravación; o
III. Induzca, incite, suministre o propicie:
A) El uso de sustancias psicoactivas, tóxicas o que contengan estupefacientes o psicotrópicos;
B) La ebriedad;
C) El tabaquismo;
D) A formar parte de una banda, agrupación delictuosa o pandilla en los términos de los artículos 176, 176 bis y 177 respectivamente de este código;
E) A cometer algún delito; o
F) La Mendicidad.
Según las bases de datos, el total de carpetas de investigación por el delito de corrupción de menores entre el 2015 y el 2021 es de mil 187, de las cuales se resolvieron 25 por la vía de una sentencia condenatoria contra los responsables y otras 11 mediante una salida alterna, para un total de solo 36 casos resueltos, es decir, solo el 3.00 por ciento.
De acuerdo con lo anterior, de ese delito quedan mil 151 carpetas en las que no se ha alcanzado la justicia, lo que es igual al 97.00 por ciento.
Año | Carpetas de investigación | Sentencias | Salidas Alternas | Casos resueltos | Casos por alcanzar la justicia | % Casos resueltos | %Casos por alcanzar la justicia |
2015 | 181 | 9 | 3 | 12 | 169 | 6.60% | 93.40% |
2016 | 190 | 2 | 3 | 5 | 185 | 2.60% | 97.40% |
2017 | 162 | 2 | 0 | 2 | 160 | 1.20% | 98.80% |
2018 | 160 | 1 | 2 | 3 | 157 | 1.90% | 98.10% |
2019 | 173 | 3 | 2 | 5 | 168 | 2.90% | 97.10% |
2020 | 166 | 7 | 1 | 8 | 158 | 4.80% | 95.20% |
2021 | 155 | 1 | 0 | 1 | 154 | 0.60% | 99.40% |
Total | 1,187 | 25 | 11 | 36 | 1,151 | 3.00% | 97.00% |
Trata de personas
La Ley para prevenir, atender combatir y erradicar la trata de personas en el estado de Nuevo León define a ese delito de la siguiente manera:
Es la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción o remoción de órganos o tejidos humanos.
Finalmente, en los siete años de estudio la Fiscalía inició 207 carpetas de investigación por el delito de trata de personas, de las cuales 13 se resolvieron mediante una sentencia condenatoria y una más por una salida alterna, para un total de 14 carpetas resueltas que es igual a un 6.80 por ciento.
De ese delito quedan entonces 193 casos por alcanzar la justicia, equivalentes al 93.20 por ciento.
Año | Carpetas de investigación | Sentencias | Salidas Alternas | Casos resueltos | Casos por alcanzar la justicia | % Casos resueltos | %Casos por alcanzar la justicia |
2015 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | No aplica | No aplica |
2016 | 6 | 0 | 0 | 0 | 6 | 0% | 100% |
2017 | 6 | 0 | 0 | 0 | 6 | 0% | 100% |
2018 | 18 | 1 | 0 | 1 | 17 | 5.50% | 94.50% |
2019 | 38 | 5 | 0 | 5 | 33 | 13.20% | 86.80% |
2020 | 48 | 4 | 0 | 4 | 44 | 8.30% | 91.70% |
2021 | 91 | 3 | 1 | 4 | 87 | 4.40% | 95.60% |
Total | 207 | 13 | 1 | 14 | 193 | 6.80% | 93.20% |
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Colaboró en esta investigación Ángel Ramos Trujillo, periodista e investigador
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Juan Manuel Ramos, Irais Reyes, Paulina Millán y Ángel Ramos