¡Ya basta! Garanticen nuestros derechos.

Monterrey, México a 24 de abril de 2022

A la ciudadanía nos toca cumplir con nuestras obligaciones tributarias, respetar las leyes y cumplir las normas.

Cuando la ciudadanía no cumple con sus obligaciones fiscales se le congelan cuentas bancarias, se le embargan bienes o hasta se les despoja de los mismos, cuando las personas cometen una falta municipal se les arresta o se les lleva ante el juez cívico y tienen que pagar una multa y cuando se comete un delito y se les condena, se les priva de la libertad.

Cuando las personas que son servidoras públicas en el gobierno no cumplen, lo que hacen es simplemente repartir culpas.

En Nuevo León estamos ante una situación de emergencia lo más visible ahora es la inseguridad, esta se está traduciendo en la afectación directa a los derechos a la vida, seguridad, libre esparcimiento y salud de las personas en Nuevo León, sobre todo de las mujeres.

Ante esta situación, queremos decirles a las autoridades ¡Ya Basta!.

Es tiempo de enfrentar los problemas, nos digan qué ruta tomarán y en cuánto tiempo resolverán los problemas que enfrentamos y que se están traduciendo en violación sistemática a los derechos humanos de todas las personas.

A cada autoridad local se le da un mandato y obligaciones a través de la Constitución y de las leyes que juraron cumplir y hacer cumplir.

Basta de pretextos, y de repartir culpas. Es momento de ponerse a la altura de Nuevo León y si no pueden renuncien.

Justicia para todas las personas que ya no están.  Ni una Menos. Ni una más.

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Obligaciones de las autoridades:

Al ejecutivo de Nuevo León le corresponde:

Proteger la seguridad de las personas y sus bienes, así como los derechos humanos del individuo, a efecto de mantener la paz, tranquilidad y el orden público en todo el Estado

ARTÍCULO 85 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN

A la fiscalía general de Justicia le corresponde, a través del Ministerio Público:

En representación de la sociedad, dirigir la investigación de los delitos y brindar la debida atención y protección a las víctimas; perseguir a los posibles responsables de los mismos; ejercer ante los tribunales la acción penal y exigir la reparación de los daños y perjuicios; intervenir en asuntos del orden civil, familiar, penal y de adolescentes, en los casos en que señalen las leyes; efectuar las intervenciones que le correspondan en materia de extinción de dominio y realizar las demás funciones que los ordenamientos jurídicos establezcan.

También Coordinarse con instancias del Gobierno Federal, Estatal o Municipal para asegurar que la justicia en el Estado sea pronta, expedita e imparcial

ARTÍCULOS 5 Y DE 8 LA LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

A los municipios les corresponde:

La aplicación de sanciones por las infracciones de los reglamentos gubernativos y de policía.

ARTÍCULOS 21 Y 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.