Millones en riesgo en Nuevo León ante omisión en transporte público #Covid19

ONGs solicitan a CEDHNL pronunciarse y detener violaciones a los Derechos Humanos de personas usuarias del transporte publico en Nuevo León.

En rueda de prensa en las instalaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, representantes de Colectivo Nosotros, Evolución Mexicana y Redes Quinto Poder, presentaron quejas ante la CEDHNL..

Ante la pandemia global causada por el COVID19 cientos de miles de personas en mundo entero y en nuestro país han visto afectados de manera sustancial el ejercicio pleno de sus Derechos Humanos, Nuevo León no es la excepción y omisiones graves como las que se cometen en el transporte público están poniendo a millones de personas en situación vulnerable.

Es un hecho público que las personas usuarias del transporte público no pueden guardar las medidas de salud para evitar contagiarse y contagiar a otras personas del COVID19, una medida básica como es el distanciamiento social es prácticamente imposible de observar dentro de las unidades del transporte público o al acceder o salir de ellas.

Ruta García – Monterrey

La falta de protocolos y medidas para evitar aglomeraciones en las unidades de transporte público conlleva violaciones graves a los derechos humanos a la movilidad; salud; trabajo; seguridad; medio ambiente sano, entre otros.

Solicitamos a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León:

  1. En el ejercicio de sus facultades realizar lo conducente para verificar las violaciones a los derechos humanos a personas usuarias del transporte público, realizar un informe y realizar las recomendaciones necesarias.
  • Dar seguimiento a la queja presentada por usuarios del transporte público.
  • Conmine al C. Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón, Gobernador Constitucional del estado de Nuevo León y al C. Noé Gerardo Chávez Montemayor, Director General del Instituto de Movilidad y Accesibilidad de Nuevo León a tomar las medidas necesarias para el respeto de los derechos humanos de las personas usuarias, operarias y empleados del transporte público.

La Constitución y las leyes locales son muy claras en la obligación que todas las autoridades tienes de proteger en todo momento, el ejercicio pleno de los derechos humanos, a continuación, citamos algunas de ellas.

La Constitución de Nuevo León señala en su artículo primero, que:

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, Interdependencia, Indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”.

El artículo 2° de la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, señala que:

“…que tiene por objeto la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico vigente”.

La Ley de movilidad sostenible y accesibilidad para el estado de Nuevo León en su artículo 4°, establece que:

La movilidad es el derecho humano a realizar el efectivo desplazamiento propio, de pasajeros y bienes, mediante un sistema de movilidad que se ajuste a la jerarquía y principios que se establecen en este ordenamiento.”

Es urgente que se tomen las medidas necesarias ya que, de no hacerlo, se coloca en grave riesgo a las personas usuarias del transporte, a todos los grupos vulnerables del estado y a millones de personas en la zona metropolitana de Monterrey

Monterrey, Nuevo León a 3 de noviembre de 2020